RESOLUCIÓN de 29 de mayo de 2012, de la directora de l’Agència Valenciana de Mobilitat, por la que se convocan pruebas para la obtención del carné de conductor de taxi en las áreas de prestación conjunta de Valencia y Camp de Morvedre.
El artículo 49 de la Ley 6/2011, de 1 de abril, de la Generalitat, de Movilidad de la Comunitat Valenciana, establece que los titulares que presten el servicio personalmente, y los que lo hagan en virtud de relación laboral, deberán cumplir entre otros el requisito de la capacitación profesional obtenido de acuerdo con el procedimiento reglamentariamente establecido.
El punto 4 de la disposición transitoria de esa misma ley establece que en tanto en cuanto no se desarrollen reglamentariamente los requisitos y forma de obtención de la capacitación profesional, el carné del taxi será considerado como tal a los efectos oportunos.
La Resolución de 7 de enero de 1997, de la Dirección General de Transportes (DOGV núm. 2908, de 14 de enero), establece que las pruebas para la obtención del carné de conductor en las Áreas de Prestación Conjunta de la Comunitat Valenciana serán convocadas por el órgano competente.
La Resolución de 30 de marzo de 1998, dictada por esa misma Dirección General (DOGV núm. 3233, de 30 de abril), prevé que las pruebas serán convocadas con una periodicidad mínima de dos veces al año, posibilitando la celebración de convocatorias extraordinarias.
Dichas resoluciones fueron adoptadas en virtud de las competencias atribuidas a la Dirección General de Transportes en virtud de la Orden de la Conselleria de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, de 20 de diciembre de 1996 (DOGV núm. 2902, de 3 de enero de 1997).
En atención a lo expuesto y de conformidad con el artículo 23 de los Estatutos de la Entitat Pública de Transport Metropolità de València, y el artículo 44 de la ley 6/2011, de 1 de abril, de la Generalitat, de Movilidad de la Comunidad Valenciana, resuelvo:
Primero
Convocar la celebración de las pruebas para la obtención del carné de conductor del Área de Prestación Conjunta de Valencia, y del Área de Prestación Conjunta del Camp de Mordevre.
Las pruebas para la obtención del carné de conductor de las distintas Áreas de Prestación Conjunta se celebrarán en el día, hora y lugar referenciados en el apartado A) del Anexo de la presente resolución.
Segundo
El tribunal calificador estará compuesto por los miembros relacionados en el apartado B) del anexo de la presente resolución.
Tercero
Las solicitudes podrán presentarse entre los días 11 al 30 del mes inmediatamente anterior a la fecha de examen ambos inclusive, en el Registro de la Agencia Valenciana de Movilidad o por cualquiera de las formas establecidas en el artículo 1 del Decreto 130/1998, de 8 de septiembre, del Consell de la Generalitat Valenciana. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de correos deberán entregarse en sobre abierto para que puedan ser selladas por el funcionario de correos antes de ser certificadas.
Cuarto. Admisión a las pruebas
1. Conocimiento del castellano para los aspirantes que no posean la nacionalidad española:
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y de su origen no se desprenda el conocimiento del castellano, deberán acreditar el conocimiento del mismo mediante el certificado de nivel básico de español expedido por las escuelas oficiales de idiomas, o estar en posesión de una titulación académica española expedida por el órgano oficial competente en el territorio español.
2. Para ser admitidos a las pruebas el personal aspirante deberá reunir, además, los siguientes requisitos:
a) Estar en posesión del carne de conducir del tipo B+BTP o superior u homologados.
b) Haber abonado los derechos de examen.
3. Una vez superadas las pruebas para la obtención del carné de conductor de las distintas Áreas de Prestación Conjunta, así como para su renovación, se deberá acreditar la carencia de antecedentes penales mediante el correspondiente certificado expedido por el Ministerio de Justicia.
Quinto. Documentación que debe acompañar a la solicitud
a) Una fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.
b) Una fotocopia compulsada del carné de conducir.
c) Una foto tamaño carné.
d) Autorización para solicitar el certificado que acredite carecer de antecedentes penales, emitido por el Ministerio de Justicia.
e) Un ejemplar para la administración del impreso de pago de los derechos de examen, con la certificación mecánica o firma autorizada de la entidad financiera colaboradora.
Sexto
El procedimiento y plazos para la exposición de listas provisionales y definitivas, el desarrollo, contenido y programa de las pruebas, así como los resultados de los exámenes, se ajustarán a lo dispuesto por el anexo I de la Resolución de 30 de marzo de 1998, de la Dirección General de Transportes, por la que se establecen las bases de las pruebas para la obtención del carné de conductor de taxi en las áreas de prestación conjunta existentes en la Comunidad Autónoma Valenciana.
Séptimo
El desarrollo de las pruebas consistirá en la contestación de 50 preguntas tipo test.
La composición del examen por materias será la siguiente:
Bloque A: 15 preguntas.
Bloque B: 10 preguntas.
Bloque C: 25 preguntas.
Para superar las pruebas se deberá haber contestado correctamente al menos un 50% del número de preguntas para las materias de los bloques A, B y C.
Octavo. Relación de aprobados
1. Las listas provisionales de las personas que superen las pruebas serán expuestas en el tablón de anuncios y pagina web (<http://www.avmm.es>), de la Agencia Valenciana de Movilidad, disponiendo los examinados de 15 días para presentar por escrito, las alegaciones o reclamaciones que consideren oportunas.
2. El tribunal elaborará la relación definitiva de la personas que hayan superado las pruebas, la cual servirá para expedir el correspondiente carné de conductor de taxi del área de prestación conjunta, todo ello de conformidad con lo establecido en los puntos F3 y F4 del anexo I de la Resolución de 30 de marzo de 1998, dictada por la Dirección General de Transportes (DOGV núm. 3233, de 30 de abril).
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos deriven de ella podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en el artículo 4.5 de los Estatutos de la Entitat Pública de Transport Metropolità de València, aprobados por Acuerdo del Consell de la Generalitat Valenciana, de 5 de octubre de 2001 y en los artículos 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Todo ello sin perjuicio de que puedan ejercitarse cualesquiera otros recursos que se estime oportuno.
ANEXO
A) Celebración del examen.
Día: 28 de julio de 2012.
Hora de comienzo: 9 de la mañana.
Lugar: Edificio Centro Rector.
Av. Leonardo Da Vinci, 48.
Valencia Parc Tecnològic.
46980 Paterna.
B) Composición del tribunal calificador.
Tribunal titular:
- Presidente: F. José Moltó Orduña, jefe del Área Económico Administrativa de la Agencia Valenciana de Movilidad.
- Secretaria: Elena Gil Valdés, asesora jurídica de la Agencia Valenciana de Movilidad.
- Vocal: Adela Juan Navarro, asesora jurídica de la Agencia Valenciana de Movilidad.
Tribunal suplente:
- Presidente: Gregorio Haro Javaloyes, jefe del Área de Sistemas de Peaje, Comunicaciones e Informática de la Agencia Valenciana de Movilidad.
- Secretario: Javier Amo López, responsable del Departamento de Contabilidad de la Agencia Valenciana de Movilidad.
- Vocal: Julio Rubio Tendero, Área de Estudios y Planificación de la Agencia Valenciana de Movilidad.
Burjassot, 29 de mayo de 2012.–
La directora:
Mar Martínez Aparicio.
